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Blog de Arquitectura en Panamá

Requisitos Técnicos Clave en la Lotificación en Panamá

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La viabilidad de una lotificación depende directamente de su adecuación a los criterios de aprovechamiento de suelo y de la provisión de infraestructura.


1. Densidad e Intensidad de Uso


La Lotificación debe respetar las normativas de densidad e intensidad de uso establecidas en el Plan Local.


Intensidad de Uso: Se refiere al grado de aprovechamiento del suelo, midiendo factores como el porcentaje de cobertura, área de piso y densidades resultantes.

Densidad: La relación entre el número de habitantes o viviendas por unidad de superficie.

Ejemplo Orientativo Hipotético (Disclaimer) 


Nota: Los siguientes valores son orientativos y varían drásticamente según la zonificación secundaria (R1A, M1B, UECT1, etc.) y la jurisdicción. Siempre se debe consultar la Matriz de Regulación de Usos y Fichas Regulatorias del PLOT específico.

Zonificación Hipotética

Densidad Máxima (Pers/Ha)

Área Mínima de Lote (m²)

Altura Máxima (# Pisos)

Retiro Frontal Mínimo (m)

Residencial Baja (R1A)

90 pers/Ha

600 m²

PB + 1 alto

5 metros

Ecoturístico Rural (UECR)

35 pers/Ha

2,000 m²

PB + 1 alto

5 metros

Mixto Media (M1B)

160 pers/Ha (vivienda)

[Valor de Lote Mínimo según norma]

PB + 1 alto

2.5 metros

Fuente: Elaborado por Grupo Ideas (Panamá) con base en rangos observados en normativas como el PLOT de Pedasí.


Disclaimer: Esta tabla es ilustrativa. La densidad, altura y retiros dependen de la zonificación específica establecida por el Municipio y el MIVIOT en el respectivo Plan de Ordenamiento Territorial. El promotor debe adherirse estrictamente a las Fichas Regulatorias del área de interés.


2. Cesiones de Áreas de Uso Público y Servidumbres


Una obligación ineludible de la Lotificación (Urbanización) es la cesión de áreas de dominio público. Estas áreas cumplen una función esencial en el desarrollo urbano, la sostenibilidad ambiental y la vida comunitaria:


Áreas Verdes y Parques: El promotor está obligado a traspasar la totalidad de estas áreas al municipio. Su uso y destino no podrán ser modificados.

Servidumbres Públicas: Son franjas de uso público destinadas a la protección de ríos, playas, desagües, y a la infraestructura de servicios (energía eléctrica, telecomunicaciones, vías de comunicación). El Estado y los municipios tienen la potestad de coordinar la utilización unificada de estas servidumbres.

Retiros sobre Vías: Las franjas de retiro mínimo exigido de las edificaciones sobre las vías son de propiedad privada, pero están sujetas a convertirse en espacio público para fines de utilidad pública o interés social, regulándose su uso.


Mini-Caso Hipotético de Cesión


Un promotor desea desarrollar una lotificación en un terreno de 5 hectáreas (50,000 m²) en suelo de expansión urbana (SEU) en el Distrito de Pedasí. Si la normativa local exige una cesión del 15% del área para uso público (parques/áreas verdes) y adicionalmente debe respetar una servidumbre fluvial de 50 metros de ancho a lo largo de un río que atraviesa 100 metros de la finca:


Cesión obligatoria (15%): 7,500 m² (15% de 50,000 m²) deben ser traspasados al municipio.

Servidumbre Fluvial: Esta franja (5,000 m² en este ejemplo orientativo) debe ser respetada como uso público para la protección del recurso hídrico, además de la cesión de áreas verdes.


El cumplimiento de estas cesiones y el desarrollo de la infraestructura (vialidad, acueducto, alcantarillado, drenaje) es lo que transforma la lotificación en una Urbanización completa y funcional.



¡Hola!

Mi nombre es Gabriel Solano Lázaro, soy arquitecto idóneo en la Ciudad de Panamá y editor de este Blog de Arquitectura & Diseño.

Fundé Grupo Ideas junto a mi socia Jaqueline Molina en 2016, somos una firma de arquitectura que se dedica al diseño residencial, comercial y urbano.

 

Cualquier consulta escríbeme a mi correo info@ideasgroup.co

Sígueme en mi cuenta de Twitter @gabrielsolanola, seguiré compartiendo información, arquitectura.

Te deseo un día de éxito.

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